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Anticipo de Rentas Vitalicias

ANTICIPO DE RENTAS VITALICIAS

Ley 21.330 > Publicada el 28 de abril de 2021.


> Le informamos que la tramitación de la solicitud de anticipo no necesita de asesores y el desarrollo de su gestión no tiene costos para usted.


Pasos de cómo realizar su solicitud de anticipo

PASO 1 - Anticipo Rentas Vitalicias

PASO

PASO 3 - Anticipo Rentas Vitalicias

PASO 4 - Anticipo Rentas Vitalicias

PASO 5 - Anticipo Rentas Vitalicias

Información relevante para el Anticipo de Rentas Vitalicias

Preguntas y respuestas sobre La Ley N° 21.330 que regula, entre otras materias, el Anticipo de Rentas Vitalicias (Publicada en el Diario Oficial el día 28 de abril de 2021).

Revisa todo sobre La Ley N° 21.330, aquí.

1. ¿Quiénes pueden solicitar el anticipo de sus rentas vitalicias?
De manera voluntaria pueden solicitar el anticipo los pensionados de rentas vitalicia o sus beneficiarios. Los beneficiarios son aquellos que ya han accedido al pago de la renta vitalicia.
2. ¿Cuál es el plazo para solicitar el anticipo?
El anticipo se podrá solicitar desde el 3 de mayo de 2021 hasta el 28 de abril de 2022.
3. ¿Cómo se solicita el anticipo?
Durante los primeros 10 días hábiles, es decir, hasta el 14 de mayo de 2021 recibiremos solicitudes de anticipo de forma remota (vía página web y telefónicamente). Recomendamos la solicitud vía remota para cuidar su salud, dado que, por las reglas del Ministerio de Salud para lugares cerrados, no podemos recibir en nuestras oficinas a más personas que las permitidas.
4. ¿Cuál es el monto del anticipo que puedo solicitar?
Hasta el 10% de la reserva técnica de la Compañía, con un tope máximo de 150 UF. La reserva técnica es el monto que la compañía tiene para cumplir con el pago de la pensión pactada en cada contrato de renta vitalicia.
5. ¿Si solicito mi anticipo, baja mi pensión?
Sí.
El anticipo reducirá su pensión futura, en forma permanente. Por ejemplo, si el anticipo es de un 10% de la reserva técnica, la pensión bajará en un 10%.
6. ¿Cómo es el proceso de la solicitud de anticipo? (Solicitud y Confirmación)
Luego de ingresada su solicitud, le remitiremos a su correo electrónico y celular una comunicación ratificándole que la hemos recibido. 4 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud le comunicaremos (correo electrónico y teléfono) si ella fue aceptada o rechazada. Si fue rechazada le indicaremos los motivos del rechazo. Si fue aceptada, le comunicaremos, para su confirmación, las distintas opciones de porcentajes de anticipo (1% a 10%), el monto a retirar y cuál será el nuevo monto de sus futuras pensiones como consecuencia de su elección (todo en UF y pesos).

Confirmación de la solicitud. Usted, en el mismo sistema, deberá confirmar la solicitud de anticipo, para lo cual tendrá un plazo límite de 10 días corridos desde que reciba la comunicación anterior. Si no confirma su solicitud en el plazo anterior (10 días), deberá ingresar una nueva solicitud.
7. ¿Qué sigue luego de la confirmación de la solicitud de anticipo?
Una vez confirmada la solicitud, le enviaremos un comprobante que contendrá la fecha de la confirmación, la opción seleccionada por anticipo, el porcentaje solicitado y un número de identificación de la solicitud. También le comunicaremos el medio y la fecha en que se cursará el pago. En esta comunicación, le indicaremos que una vez pagado el anticipo por usted solicitado disminuye su pensión, por lo que debemos modificar su póliza de renta vitalicia para dejar constancia de la que será su nueva pensión mensual rebajada.
8. Solicitudes presenciales y por teléfono.
Para solicitudes presenciales se requiere portar y exhibir el carné de identidad. Las solicitudes telefónicas serán grabadas para su seguridad.
9. ¿Plazo y forma del pago del anticipo?
Los fondos solicitados se pagarán en un solo acto y dentro de 30 días corridos desde la fecha de la solicitud. El anticipo se pagará por la misma vía que regularmente se paga la pensión.
10. Pago del anticipo y deudas alimenticias.
En la solicitud de anticipo se le consultará si es deudor de pensión de alimentos. Las deudas originadas por obligaciones alimentarias deberán pagarse por la Compañía, a quien haya dispuesto el tribunal respectivo y por los medios que el Tribunal haya ordenado (ya sea transferencias electrónicas, retención, vale vista, cheque, etc.). Este tema se rige por lo dispuesto en la Ley 21.330 y en las resoluciones emanadas del Poder Judicial.
11. ¿Puede arrepentirse de la solicitud de anticipo?
Si, el pensionado o beneficiario o el mandatario que presentó la solicitud puede retractarse. Este derecho es irrenunciable.

Plazo: Debe ser comunicado el retracto a la Compañía a más tardar el día anterior a la fecha de pago del monto solicitado retirar. Puede ejercer este derecho en bicevida.cl

Ejercer el derecho de retracto no impide que el pensionado o beneficiario pueda presentar una nueva solicitud de anticipo, siempre que lo haga dentro del plazo establecido por la ley 21.330 (hasta el 28 de abril de 2022).
12. Solicitud de anticipo por mandato.
La solicitud de anticipo podrá realizarse también a través de mandatario, donde el pensionado o beneficiario deberá otorgar los mandatos especial mediante escritura pública o instrumento privado firmado en presencia de notario público, u Oficial del Registro Civil en los lugares donde no hubiese Notaría. Asimismo, se autorizan mandatos con firma electrónica avanzada, de acuerdo a la ley N° 19.799, con los debidos resguardos para evitar la ocurrencia de fraudes.
13. ¿Puedo corregir errores en la solicitud de anticipo ya presentada o incluso retirarla?
El sistema que estará a disposición en nuestra página web le permitirá corregir, retirar y presentar nuevamente solicitudes de anticipo, en tanto no se haya cursado el pago.
14. Denuncias sobre solicitud de anticipo que desconozco haber realizado.
Si recibe la comunicación de la recepción de su solicitud de anticipo, o de aceptación y/o rechazo de ella, y usted desconoce haber realizado la solicitud de anticipo, podrá informarnos aquello en anticipo.rv@bicevida.cl donde contemplamos un procedimiento expedito para recibir y procesar tales denuncias y para proceder a detener el cargo en la respectiva cuenta.
15. Solicitud de anticipo desde el extranjero
Ahora bien, como pueden existir dudas específicas en esta materia, para resolver las dudas, nuestros canales de comunicación para que los pensionados residentes en el extranjero puedan contactar con nosotros a través del correo electrónico anticipo.rv@bicevida.cl

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